Para velar por la seguridad y la protección de las personas y los bienes presentes en el recinto portuario, la Autoridad Portuaria de Sevilla ha implantado un procedimiento de control de accesos a las zonas restringidas al Puerto al que puede acceder a través del siguiente enlace: solicitudes de acceso a los muelles.
Con este fin, ha dotado a las entradas a la dársena del Batán, al muelle de Tablada y a la esclusa Puerta del Mar, de barreras y lectores de tarjetas, matrículas y Códigos QR.
Para tramitar los permisos de entrada a estas zonas, ha puesto a disposición de los usuarios del Puerto de Sevilla una herramienta telemática, de la que podrá hacer uso desde cualquier dispositivo fijo o móvil. Mediante esta herramienta podrá descargarse un Código QR que estará operativo una vez sea autorizada la entrada y que permitirá la apertura de la barrera en la zona y plazo autorizados.
La entrada al recinto portuario obliga a respetar las exigencias legales y reglamentarias de aplicación, entre éstas, las normas de uso del Código QR y las instrucciones de seguridad del Puerto de Sevilla. La entrada siempre deberá estar justificada por la prestación de un servicio o la realización una visita profesional a la Autoridad Portuaria de Sevilla o a un usuario del Puerto.
El mal uso de la autorización de acceso conlleva la inmediata retirada de la misma, sin perjuicio del inicio de otras actuaciones que, en su caso, resultaran procedentes.